El Consejo de Ministros aprobó el pasado 30 de septiembre un Real Decreto-Ley en el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público. Como se ha venido anunciando, se incrementa el importe de los pagos fraccionados para determinadas entidades. Así, para aquellas que facturen más de 10 millones de euros, se fija un pago fraccionado mínimo del 23 por ciento del resultado contable positivo, y para las entidades de crédito y las que se dediquen a la explotación de yacimientos de hidrocarburos, el pago fraccionado mínimo será del 25 por ciento del resultado contable positivo.
La medida se establece con carácter indefinido y resulta de aplicación a partir del próximo pago fraccionado, el correspondiente al mes de octubre, cuyo plazo de presentación comienza mañana.
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