Modificación Reglamento IS
- 12/7/2010
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Reglamento publicado en el BOE de 10/07/2010.
Al margen de las excepciones establecidas en el Reglamento, quedan excluidas de las obligaciones de documentación el conjunto de las operaciones que no excedan de 250.000 euros.
Por su parte, para cuantificar el importe de las operaciones se ha de tener en cuenta la contraprestación del conjunto de las mismas