Doctrina Administrativa
Ressenya de les Consultes de la Direcció General de Tributs més noves.
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Cómo deben amortizarse los elementos patrimoniales integrantes del negocio adquirido mediante traspaso
- 22/4/2019
- Doctrina DGT
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Consulta Vinculante V0190-19, de 29 Ene. 2019. Dirección General de Tributos
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PROCEDIMIENTO RECAUDATORIO. Responsabilidad solidaria. Fijación del alcance de la derivación. Falta de remisión al Tribunal de la escritura pública en la que se fundamenta la transmisión de las participaciones.
- 16/4/2019
- Doctrina TEAR
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PROCEDIMIENTO RECAUDATORIO. RTEAR de la Comunidad Valenciana de 30 de marzo de 2015. El reclamante alega que es necesario practicar la tasación pericial contradictoria y afirma que la valoración dada por la Administración en lo que se refiere al alcance de la derivación por responsabilidad solidaria, es incorrecto. En este sentido, el TEAR de Valencia indica que la Administración ha incumplido su obligación legal de remitirle el expediente completo, sin poder esta última imponer al Tribunal la obligación de requerir la remisión de los documentos que integran el expediente. Adicionalmente, el TEAR de Valencia considera no ajustada a derecho la inadmisión de tasación pericial contradictoria realizada por la Administración, pues considera que todos los obligados tributarios tienen derecho a promover la tasación pericial contradictoria con independencia del procedimiento en el que se realice la comprobación de valores. Por todo ello, se estiman las pretensiones del reclamante.
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Si los cónyuges presentaron declaración conjunta de IRPF, el procedimiento de comprobación debe notificarse a ambos cónyuges
- 16/4/2019
- Doctrina TEAR
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RTEAR de la Comunidad Valenciana de 27 de julio de 2018. IRPF. Declaración Conjunta. Procedimiento de comprobación limita. Partiendo de la base de que los cónyuges que presentan declaración conjunta del IRPF asumen la realización conjunta de un mismo hecho imponible, lo que implica la solidaridad en el presupuesto de hecho de la obligación tributaria, el TEAR anula la liquidación practicada por la Administración al considerar que adolece de diversos defectos. Dado que el inicio del procedimiento, la propuesta de liquidación y la liquidación derivada del mismo únicamente se notificó a uno de los cónyuges, se han vulnerado los artículos 46.6 de la LGT y 106 del RGAT, produciéndose indefensión en el otro cónyuge.
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IRPF. Procedimiento de comprobación limitada. Anulación de la liquidación impugnada por imposibilidad del órgano de gestión de realizar actividades necesarias para realizar una correcta comprobación
- 16/4/2019
- Doctrina TEAR
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RTEAR de la Comunidad Valenciana de 25 de julio de 2017. IRPF. Procedimiento de comprobación limitada. El Tribunal procede a acordar la anulación de la liquidación impugnada en la medida en que las actuaciones de obtención y valoración de estados, necesarias para la adecuada comprobación de los extremos objetos de regularización, no pueden ser directamente realizadas por el órgano de gestión en el marco de un procedimiento de comprobación limitada tal y como se establece en el artículo 136.2.c) de la LGT.
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IVA. Procedencia de la deducción de la totalidad de las cuotas de IVA soportado en la adquisición de vehículos para la utilización exclusiva de un agente comercial
- 16/4/2019
- Doctrina TEAR
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RTEAR de la Comunidad Valenciana de 31 de octubre de 2017. IVA. Concurren las circunstancias para la aplicación de la presunción de afección de los vehículos adquiridos para la utilización exclusiva de un agente comercial a la actividad de la entidad en la proporción del 100%, y, por tanto, es deducible la totalidad de las cuotas soportadas en la adquisición de estos y también la totalidad de las cuotas soportadas en la adquisición de bienes y servicios para el uso y mantenimiento de los mismos. Procede, pues, acceder a la pretensión de anulación de los actos impugnados.
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IRPF. Caducidad de uno de los actos impugnados. Anulación del resto de actos administrativos impugnados por considerar la actuación del órgano gestor insuficientemente motivada
- 16/4/2019
- Doctrina TEAR
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RTEAR de la Comunidad Valenciana de 14 de julio de 2014. IRPF. Uno de los actos impugnados queda anulado por haberse alcanzado la caducidad del procedimiento. Con respecto al resto de actos impugnados, el Tribunal indica que, pese a que el órgano gestor motiva los fundamentos utilizados para practicar la liquidación, en ningún momento el mismo hace alusión a los hechos, sin poder el Tribunal comprobar en qué se basa la Administración para entender no acreditada suficientemente la afectación exclusiva de los vehículos del reclamante al ejercicio de su actividad económica. Por todo ello, ordena la anulación de los actos administrativos impugnados.
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Infracción del Modelo 720. Dificultad manifiesta para el contribuyente de cumplir correctamente con el mismo por desconocimiento ajeno a su voluntad. No existe prueba suficiente de culpabilidad
- 16/4/2019
- Doctrina TEAR
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RTEAR de la Comunidad Valenciana de 29 de septiembre de 2017. IRPF. Sanción por presentación fuera de plazo, sin requerimiento, de la Declaración Informativa de bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720). Pese a que la Administración realizó una extraordinaria labor de difusión y utilizó los métodos jurídicamente habituales, ello prueba la extraordinaria novedad, así como la dificultad técnica e interpretativa de la norma que puede derivar en el incumplimiento por parte del contribuyente. Por este motivo, y al haberse cometido la infracción con ocasión de la implantación de la mencionada norma, el TEARV considera insuficientemente probada la culpabilidad necesaria para considerar que existe la infracción sancionada
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Infracción del Modelo 720. Dificultad manifiesta para el contribuyente de cumplir correctamente con el mismo por desconocimiento ajeno a su voluntad. No existe prueba suficiente de culpabilidad
- 16/4/2019
- Doctrina TEAR
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RTEAR de la Comunidad Valenciana de 29 de septiembre de 2017. IRPF. Sanción por presentación fuera de plazo, sin requerimiento, de la Declaración Informativa de bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720). Pese a que la Administración realizó una extraordinaria labor de difusión y utilizó los métodos jurídicamente habituales, ello es prueba de la extraordinaria novedad, así como la dificultad técnica e interpretativa de la norma que puede derivar en el incumplimiento por parte del contribuyente. Por este motivo, y al haberse cometido la infracción con ocasión de la implantación, el TEARV considera insuficientemente probada la culpabilidad necesaria para considerar que existe la infracción sancionada.
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Infracción del Modelo 720. Dificultad manifiesta para el contribuyente de cumplir correctamente con el mismo por desconocimiento ajeno a su voluntad. No existe prueba suficiente de culpabilidad
- 16/4/2019
- Doctrina TEAR
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RTEAR de la Comunidad Valenciana de 29 de septiembre de 2017. IRPF. Sanción por presentación fuera de plazo, sin requerimiento, de la Declaración Informativa de bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720). Pese a que la Administración realizó una extraordinaria labor de difusión y utilizó los métodos jurídicamente habituales, ello es prueba de la extraordinaria novedad, así como la dificultad técnica e interpretativa de la norma que puede derivar en el incumplimiento por parte del contribuyente. Por este motivo, y al haberse cometido la infracción con ocasión de la implantación de la referida norma, el TEARV considera insuficientemente probada la culpabilidad necesaria para considerar que existe la infracción sancionada.
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Infracción del Modelo 720. Dificultad manifiesta para el contribuyente de cumplir correctamente con el mismo por desconocimiento ajeno a su voluntad. No existe prueba suficiente de culpabilidad
- 16/4/2019
- Doctrina TEAR
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RTEAR de la Comunidad Valenciana de 29 de septiembre de 2017. IRPF. Sanción por presentación fuera de plazo, sin requerimiento, de la Declaración Informativa de bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720). Pese a que la Administración realizó una extraordinaria labor de difusión y utilizó los métodos jurídicamente habituales, ello es prueba de la extraordinaria novedad, así como la dificultad técnica e interpretativa de la norma que puede derivar en el incumplimiento por parte del contribuyente. Por este motivo, y al haberse cometido la infracción con ocasión de la implantación de la referida norma, el TEARV considera insuficientemente probada la culpabilidad necesaria para considerar que existe la infracción sancionada.